sábado, 28 de enero de 2012

Los Derechos Humanos como obligación del Estado


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Conoce los aportes de la Constitución Política de 1991 en la protección de los Derechos Humanos en Colombia.


Los Derechos Humanos como obligación del Estado

En Colombia, antes de la Constitución de 1991, las normas de Derechos Humanos prácticamente no tenían ninguna aplicación judicial en el país.

Hacia la década de los años ochenta, Colombia se ubicaba como uno de los principales violadores de los Derechos Humanos en el mundo, debido a la situación de violencia generada por el conflicto armado.

Ante tal circunstancia, los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 incorporaron en la nueva Carta una detallada lista de derechos y de instituciones para garantizar su respeto, protección y realización como fin primordial del Estado. Con esto, los Derechos Humanos se convirtieron en el eje principal que inspira nuestra actual Constitución.

La Constitución de 1991 es un nuevo pacto de paz para Colombia, en la medida en que su aplicación y respeto nos deben conducir a erradicar las causas de la violencia y a construir los acuerdos sobre la nueva nación que todos debemos ayudar a construir.

La Constitución creó mecanismos para controlar las posibles arbitrariedades en que puede incurrir el Estado o sus funcionarios, favorecer la participación de nuevas fuerzas políticas, estimular el pluralismo y lograr mayor justicia social.

La Constitución definió a Colombia como un “Estado Social de Derecho”, es decir, que se encuentra regido por leyes de obligatorio cumplimiento para todas las personas e instituciones y se garantiza el cumplimiento de los derechos.

El Estado colombiano tiene que responder íntegramente, sin excepción ni limitaciones, a las obligaciones que se derivan de la Constitución y de los tratados internacionales de Derechos Humanos; de lo contrario, el país queda expuesto a duras sanciones económicas, impuestas por los organismos internacionales.

El Estado colombiano está en la obligación de respetar lo que dice la Constitución y de hacer efectivos los derechos fundamentales, los derechos económicos, sociales y culturales, y los derechos colectivos y del medio ambiente, pero también tienen la misma obligación respecto a los derechos que no quedaron consignados en la Constitución y que son reconocidos por la comunidad internacional.

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